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	<title>Universitas Magazine.com</title>
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	<description>Versión digital de Universitas Magazine.</description>
	<pubDate>Sun, 05 Feb 2012 08:23:21 +0000</pubDate>
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		<title>Patología del sectarismo</title>
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		<pubDate>Sun, 05 Feb 2012 08:23:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>isabel</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Articulos de opinión profesores Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 5 febrero 2012.
Patología del sectarismo
Por Aniceto Masferrer. Profesor Titular de Historia del Derecho. Universitast de València.
Hace un tiempo me comentaba un buen amigo que no ha conocido a gente más mezquina que los profesores de Universidad. “Y te lo digo –añadía– porque me he encontrado varios casos en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 5 febrero 2012.</p>
<p><strong>Patología del sectarismo</strong><br />
Por Aniceto Masferrer. Profesor Titular de Historia del Derecho. Universitast de València.</p>
<p>Hace un tiempo me comentaba un buen amigo que no ha conocido a gente más mezquina que los profesores de Universidad. “Y te lo digo –añadía– porque me he encontrado varios casos en los que no les inquietaba verse privados de un logro (académico, científico o de otro orden) por haberse concedido a otro compañero suyo (en cuyo caso, hasta cierto punto podría entenderse), sino que sencillamente les entristecía –y, en algunos casos, enfurecía– un triunfo que, cosechado por otro, a ellos no les perjudicaba ni afectaba en modo alguno”. Ciertamente, a quien le afecta negativamente o entristece el bien ajeno, tiene un problema que no deseo a nadie porque constituye una fuente de desasosiego e infelicidad constantes. Se le suele denominar envidia, y su historia se remonta al conocido episodio de Caín y Abel.</p>
<p>Aunque es cierto que la envidia campa a sus anchas en el mundo universitario y sus consecuencias resultan patentes para quienes nos movemos en este ámbito, me temo que no es éste el peor defecto de la Universidad ni de la sociedad española en general. A mi juicio, el rasgo característico más negativo y perverso de este país es, y con diferencia a cualquier otro, el del sectarismo. El Diccionario de la Real Academia recoge dos acepciones del término ‘sectario’, a saber, el “Que profesa y sigue una secta”, o el “Secuaz, fanático e intransigente, de un partido o de una idea”. </p>
<p>Una de las experiencias más enriquecedoras que he tenido es la de pasar tiempo trabajando en otros países y haber podido observar el nuestro desde fuera: resulta triste constatar el contraste entre lo que este país podría llegar a ser y lo que en realidad es, en buena medida por el talante sectario que le caracteriza. No niego que toda persona, con independencia de su origen cultural o geográfico, lleve en su interior este germen maligno, pero pienso que el español medio lo ha cultivado de un modo especial, y sus efectos son evidentes en la política, en los medios de comunicación, en la Universidad y en el ambiente social en general.</p>
<p>El sectarismo hunde sus raíces en el prejuicio, la estupidez y la intolerancia, manifestaciones que en ocasiones aparecen estrechamente relacionadas.</p>
<p>El sectario necesita encasillar a las personas dentro de un grupo, sin lo cual no sabe qué opinión le merece ni qué actitud adoptar frente a alguien. Una vez ‘cree saber’ de dónde proviene uno, lo que éste diga carece ya de valor, sobran ya las palabras y las ideas, pues la bondad o acierto de éstas dependen casi exclusivamente de la ‘adscripción grupal’ que se haya hecho de quien las pronuncia. Se llega así al extremo de que lo mismo puede ser alabado o vituperado según quién lo diga. El prejuicio –habitualmente negativo– hacia alguien le impide cambiar la opinión que se ha preformado, de suerte que ni la misma evidencia le permite rectificar su primigenio parecer, dándose así una especie de esquizofrenia –ciertamente patológica– difícil de desarraigar: el sectario puede mostrarse normal, afable e incluso bondadoso con los que entiende que son ‘los suyos’, pero es incapaz de conducirse de la misma manera con quienes no los considera como tales, de los que habitualmente piensa mal, habla mal y critica, sembrando la semilla de la sospecha por doquier y poniendo en duda su rectitud de intención incluso cuando las obras resultan intachables (‘¿qué pretenderá?’; ‘seguro que algo querrá a cambio’; etc.). No concibe que fuera de su grupo pueda anidar la bondad ni el favor desinteresado, dejando así al otro ante una alternativa ciertamente incómoda: la de ignorar a la persona sectaria para apaciguar así las cosas (por aquello de que ‘ojos que no ven, corazón que no siente’), o la de mostrarse abierto, afable y servicial, alimentando así sus sospechas de intereses ocultos y siniestros.</p>
<p>El prejuicio y la estupidez aparecen, pues, ciertamente conexos. El prejuicio, de hecho, además de manifestar un espíritu soberbio y vanidoso, denota una falta de inteligencia notable. El sectario, identificándose con el adagio ‘piensa mal y acertarás’, parece estar convencido de que pensar mal de los demás constituye un signo infalible de inteligencia; de ahí que lo ejerza de forma habitual, primero con quienes no considera formar parte de ‘los suyos’, pero luego también –si conviene– con ‘los suyos’, con aquéllos de una manera descarada y despiadada, con éstos más sibilinamente pero sin menor maldad. Esta conducta puede apreciarse en la política, y también la he constatado en la Universidad española, no en la de otros países (Alemania, Inglaterra, Bélgica, Holanda, EEUU, Canadá, Australia y Nueva Zelanda). El sectario se ampara en ocasiones en una ideología hueca y sin vida, porque no admite el pensamiento, la reflexión ni la crítica, en una ideología que “es aniquiladora de la razón, porque exonera al hombre de la nefasta manía de pensar, nutriéndolo de consignas desquiciadas” (Juan Manuel de Prada, “Sectarismo ideológico?, ABC, 30.V.2011). El sectario no distingue entre la crítica de las ideas y el respeto a las personas, no entendiendo, por ejemplo, que se pueda estar en contra del aborto y, al mismo tiempo, defender a la mujer (haya abortado o no) o al amigo pro-abortista al que se le injuria diciéndole que está a favor del aborto porque no le gustan los niños (no siendo cierto, pues tiene varios).  </p>
<p>Se comprende así que el prejuicio y la estupidez engendren la intolerancia, pues el rechazo de la razón comporta el rechazo de todo aquello que ésta reivindica, así como el ejercicio de la libertad de aquellos que, procurando pensar y actuar en conciencia, no se consideran de ningún bando y procuran dialogar con todos (que, desgraciadamente, no son muchos).</p>
<p>El lector comprenderá por qué nunca me han gustado las clasificaciones o las divisiones entre progresistas y conservadores, derechas e izquierdas, creyentes y no creyentes, etc. A otros sí les gusta y, de hecho, viven de esto toda su vida. Por esto, la sociedad española está como está, y no cambiará a no ser que se regenere por completo. Y esta regeneración pasa por cuatro aspectos: 1) desarrollar la capacidad de pensar por uno mismo (en vez de ser pensado por otros); 2) ser capaz de decir lo que se piensa (en vez de dejarlo en manos de los políticos y medios de comunicación); 3) ser respetuoso con lo que piensan los demás (en vez de pensar que no tienen nada interesante que aportarnos); y 4) adoptar una disposición abierta y de ayuda a los demás, empezando por las personas más cercanas y necesitadas.</p>
<p>Alguien podría pensar que esto es utópico. No lo es. No son unos pocos los que así piensan y creo que la regeneración de nuestra sociedad depende de éstos. Lo utópico es pensar que esto es una tarea que concierne fundamentalmente a los políticos. No es así. Existen iniciativas que muestran que el camino a recorrer es otro, como la de cultivar en la ciudadanía el desarrollo de las cuatro mencionadas capacidades. La Fundación Universitas y el GESI surgieron precisamente con este propósito y ha cosechado ya verdaderos ‘brotes verdes’ que presagian tiempos mejores, en los que el pluralismo, el respeto y la democracia sean reales y no mera demagogia o ficción.</p>
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		<title>ETA: disolución y perdón</title>
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		<pubDate>Sun, 22 Jan 2012 20:01:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>isabel</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Articulos de opinión profesores Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 22 enero 2012.
ETA: disolución y perdón
Por Juan Alfredo Obarrio Moreno. Profesor Titular de Derecho Romano. Universitat de València.
En Los límites del perdón, Simón Wiesenthal relata sus experiencias vividas en los campos de concentración durante la Segunda Guerra Mundial. De todas ellas, me quedó grabado un estremecedor relato. Una [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 22 enero 2012.</p>
<p><strong>ETA: disolución y perdón</strong><br />
Por Juan Alfredo Obarrio Moreno. Profesor Titular de Derecho Romano. Universitat de València.</p>
<p>En Los límites del perdón, Simón Wiesenthal relata sus experiencias vividas en los campos de concentración durante la Segunda Guerra Mundial. De todas ellas, me quedó grabado un estremecedor relato. Una mañana, una enfermera se le acercó y le pidió la siguiera. Le llevó a una habitación donde se encontraba un joven oficial de las SS que se estaba muriendo. El oficial, sin mediar palabra, empezó a relatar su vida al preso judío: le habló de su familia, de su formación y de su colaboración con Hitler. Llegado a este punto, le comentó que le angustiaba sobre todo un crimen: en una ocasión ordenó a sus soldados que encerraran a trescientos judíos en una casa. Una vez dentro, ordenó que procedieran a su incendio. Todos murieron abrasados. Los cadáveres de los niños, de sus padres y de los ancianos eran la huella visible de su sufrimiento. “Sé que es horrible -dijo el oficial-. Durante las largas noches en las que estoy esperando mi muerte, siento la urgencia de hablar con un judío sobre esto, y pedirle perdón de todo corazón”. Ese joven judío, Simón Wiesenthal, concluye con una inquietante confidencia: “De pronto comprendí, y sin decir ni una sola palabra, salí de la habitación”. Tras su lectura, me quedé meditando la escena, y sólo después de una larga espera, comprendí que únicamente quien ha sufrido y vivido la persecución y el sacrificio de todo un pueblo, quien ha experimentado ese horror es capaz de no identificar al agresor con su obra, de comprender que el ser humano es más grande que su culpa, que únicamente cuando abrazamos el perdón, podemos renunciar a la venganza y al odio, pero no al dolor y al recuerdo. </p>
<p>Los españoles hemos sufrido durante cuarenta años el escarnio de una banda terrorista, cuya única lógica ha sido la de la matemática del exterminio: sus cerca de novecientos muertos. Nuestros muertos sólo dispusieron de la palabra, y con ella se enfrentaron a esa inmensa mentira colectiva que convierte a la pluralidad en una amenaza intolerable, y a las víctimas, en culpables. Ese es su escenario propicio, esa es su forma de manipular las conciencias y de inocular una inexistente realidad histórica, pero imprescindible para asegurarse el dominio de la escena política, necesaria para poder afirmar que “el infierno -como diría Sartre- son los otros”, los que nunca usaron del tiro en la nuca, los que sólo lo padecieron. A ellos mi eterna gratitud, y a sus familias, mi consuelo.</p>
<p>Recientemente hemos asistido a un nuevo mensaje de la banda terrorista. Conscientes de que su tiempo ha terminado, un grupo de encapuchados informan de su decisión de cesar en la lucha armada. Nada se nos dice sobre la entrega de las armas. Ninguna mención hacia las víctimas. No hay culpa en sus actos, sólo un objetivo: la vieja reivindicación de una Euskal Herria de corte marxista. Y no hay culpa porque, como dijo Mao, “El marxismo supone muchos principios, pero todos ellos pueden reducirse a una sola fórmula: la razón está del lado de quienes se rebelan; por eso es justo rebelarse”. Ellos lo hicieron. Saben que no existe nación que no se invente a sí misma sin una guerra, y lo que es aún peor, conocen del silencio culpable de buena parte de la sociedad vasca, que los ha arropado y amparado. La otra parte se fue desangrando en la defensa de la democracia y de la paz. Y lo hizo como únicamente lo saben hacer los demócratas: respetando la ley, la palabra, el argumento, el voto de cada ciudadano y muriendo por la paz de sus hijos, por la paz de todos. </p>
<p>Deseo fervientemente que no nos hallemos ante la experiencia de una ilusión histórica, ante una nueva desilusión, que podamos decir algún día que nosotros vimos el final de la hidra del mal, y el comienzo de un mundo libre de extorsión y de violencia. La idea es, a la vez, seductora y esperanzadora; pero, como pensar es siempre reflexionar sobre lo que se ha visto, leído y recibido, la experiencia de la Historia me hace ver que las heridas no curadas, el perdón no pedido, la ausencia de renuncia a las peticiones soberanistas, pueden determinar que la declaración de ETA se convierta en una promesa irrealizable, en un nuevo naufragio, porque esa es la verdad de ETA: su falta de verdad. La nuestra, como diría Blas de Otero, es “juntar la letra a la palabra, la palabra al papel”. Mientras tanto, esperemos ante la puerta de la esperanza. La vemos apenas entreabierta, luego habrá que empujarla.</p>
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		<title>Piedras a nuestro tejado</title>
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		<pubDate>Sun, 08 Jan 2012 19:05:02 +0000</pubDate>
		<dc:creator>isabel</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Articulos de opinión profesores Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 8 enero 2012.
Piedras a nuestro tejado
Por Carmelo Paradinas. Abogado.
Hace un par de días llegó hasta mí ese dichoso comentario, que ya casi tenía olvidado, de que los españoles, cuando salimos al extranjero, somos reconocibles por nuestra mala educación y las voces que damos. En España recibimos constantemente a [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 8 enero 2012.</p>
<p><strong>Piedras a nuestro tejado</strong><br />
Por Carmelo Paradinas. Abogado.</p>
<p>Hace un par de días llegó hasta mí ese dichoso comentario, que ya casi tenía olvidado, de que los españoles, cuando salimos al extranjero, somos reconocibles por nuestra mala educación y las voces que damos. En España recibimos constantemente a ciudadanos de todo el mundo; muchos de ellos hablan a gritos y no tienen mala educación, sino que carecen de ella. Y ni se identifica por ello su país ni creo que, cuando regresen a él, se dediquen a comentarlo como un defecto nacional. Pocos ciudadanos habrá tan  dados a tirar piedras a su propio tejado como los españoles. Lo que antecede no pasa de ser una anécdota, pero es exponente de nuestra actitud autodestructiva en otras cuestiones mucho más importantes.</p>
<p>En el momento actual es tabú mencionar muchos nombres o acontecimientos gloriosos de nuestro pasado histórico, desde los íberos hasta el siglo XIX, más o menos, como si hubiera un vergonzoso secreto de familia que no se debiera mencionar. Los sucesivos gobiernos socialistas, valedores de esta situación, se han encargado de suprimir de los libros de texto la mayor parte de esos nombres y acontecimientos, lo que ha llevado a nuestros jóvenes, sobre todo los procedentes de la enseñanza pública, a una trágica incultura histórica. Los norteamericanos, que adoran todo lo suyo, tienen apenas tres siglos de historia. ¡Cuánto darían por la nuestra, de más de dos mil años, y en la que también por miles se cuentan héroes, soldados, reyes, sabios, artistas, santos…!</p>
<p>Aunque a muchos nos fastidie reconocerlo, los políticos de izquierdas españoles tienen un innegable poder de anticipación y una picardía que les hace magníficos pescadores en ríos revueltos. En nuestra historia reciente tenemos dos ejemplos relevantes: la proclamación de la Segunda República en 1931 y las elecciones generales de 2.004, tras los trágicos sucesos del 11M. En el primer caso, aupando al poder a la república apoyándose en unas elecciones municipales cuyo cómputo global les era desfavorable, sin esperar –por si acaso– a su legítima conclusión y que no eran, en modo alguno, un referéndum sobre la continuidad de la monarquía. El segundo caso está presente en nuestra memoria y me creo relevado de todo comentario. Tanto en 1931 como en 2004, la derecha en el poder –más o menos derecha, la de 2004–, demostró una imperdonable incapacidad de reacción e incluso cobardía.</p>
<p>Por esa picardía y anticipación, la izquierda se ha autoconstituido “etiquetadora” de personas, grupos y tendencias. Y como el que parte y reparte se queda con la mejor parte, ellos se han colocado la etiqueta de “Progresistas”, reservando para la derecha la de “Conservadores”, que, por contraste, se traduce como “Inmovilistas”. Y de nuevo, la derecha ni ha pestañeado ante esta argucia, aceptando, en remedo de la famosa frase de Unamuno y aunque no sea más que a nivel semántico, “que progresen ellos”.</p>
<p>Pero una cosa es ser pícaros pescadores en ríos revueltos y otra muy distinta gobernar. Y los socialistas han demostrado, y siguen demostrando, ser más ineptos para esto que pícaros para aquéllo. Su  ‘progreso’ nos ha llevado a la cola de Europa y de los países desarrollados, con un empobrecimiento real que todos notamos en nuestro bolsillo, millones de parados, empresarios que tiran la toalla y juventud desesperanzada.</p>
<p>Mas no quiero engañarme ni inducir a nadie al engaño. El progreso que los socialistas buscaban y prometían  no era de orden económico, sino de orden ideológico y social, basado en teorías de izquierda radical, materialista, amoral y atea, gestionadas con un ni siquiera disimulado rencor revanchista. Pensarían, supongo yo, que el progreso económico vendría luego, como consecuencia natural, pero, como era de esperar, se equivocaron y sólo nos ha quedado la parte vergonzosamente demagógica de su proyecto. Pero esa ideología de base para el progreso socialista choca frontalmente con los fundamentos históricos de España, su sentido moral, su concepto de nación y sus raíces cristianas; por eso estorban y hay que eliminarlos&#8230; Ese es el “secreto de familia” a que yo me refería al principio y que los gobiernos socialistas  a toda costa quieren olvidar y hacer olvidar.</p>
<p>El eminente psiquiatra Víctor Frankl, considerado creador de una nueva escuela de psiquiatría vienesa, judío de origen y superviviente de Auschwitz y Dachau, escribe sobre el valor que el pasado tiene para los hombres: “La posibilidad que se nos ofrece ‘hic et nunc’ la tenemos proyectada en el pasado. De hecho, el pasado es también una forma de ser, quizás la forma más segura. En la existencia pasada, está lo que hemos realizado, actuado, conservado en sentido hegeliano, custodiado. Lo hemos puesto en depósito en un ámbito inmune a la transitoriedad. (…) Aquello que ya ha sucedido no puede ser anulado. Nadie podrá desposeer a los hombre de lo que han vivido, sufrido o soportado. No se puede anular nada de lo que han hecho o cumplido”.</p>
<p>He querido traer esta cita por el prestigio profesional y la obvia imparcialidad política y religiosa de su autor, pero, en cualquier caso creo que a nadie sensato y bien nacido se le oculta que en el devenir de las naciones, como en el de las familias y en el de las personas, ignorar su pasado y sus raíces –y mucho más renegar de ellos– es forma segura de perder para siempre la propia identidad.</p>
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		<title>José Sarrión Gualda, maestro y amigo</title>
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		<pubDate>Sun, 11 Dec 2011 20:34:10 +0000</pubDate>
		<dc:creator>isabel</dc:creator>
		
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		<description><![CDATA[Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 11 diciembre 2011.
José Sarrión Gualda, maestro y amigo
Por Aniceto Masferrer. Profesor Titular de Historia del Derecho. Universitat de València.
Hay personas que transitan por este mundo haciendo el bien y sus vidas desprenden una luz cuyo fulgor permanece radiante entre quienes tuvieron la suerte de poderlas tratar. No digamos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 11 diciembre 2011.</p>
<p><strong>José Sarrión Gualda, maestro y amigo</strong><br />
Por Aniceto Masferrer. Profesor Titular de Historia del Derecho. Universitat de València.</p>
<p>Hay personas que transitan por este mundo haciendo el bien y sus vidas desprenden una luz cuyo fulgor permanece radiante entre quienes tuvieron la suerte de poderlas tratar. No digamos ya si, por motivos familiares, profesionales o de cualquiera otra índole, uno pudo estrechar lazos con ellas. Cuando estas personas transitan de este mundo al otro, producen un vacío y un sentimiento de orfandad tan grandes que sólo es posible mitigar con el convencimiento de que no están con nosotros porque, sencillamente, han transitado de este mundo al otro, pero siguen estando ahí y podemos contar con ellos, aunque de otro modo –en parte, más íntimo– hasta que llegue nuestra hora. </p>
<p>José Sarrión Gualda es, sin duda, una de esas personas. Falleció este viernes, 9 de diciembre, a las 15 horas, en Valencia, rodeado y acompañado hasta el último momento por sus familiares y amigos. Pepe, como le llamábamos quienes le tratábamos más asiduamente –y así sigo dirigiéndome a él–, fue, en primer lugar, un marido y padre de familia ejemplar: siempre disponible, atento, servicial y con esa chispa de buen humor y sentido positivo que hacen tan gratas la convivencia humana y la vida de familia en particular. </p>
<p>Fue, además, un gran profesional: trabajando en la Administración desde 1967 como Técnico de Administración Civil del Estado, donde llegaría a ocupar el cargo de Subdirector General de la Conselleria de Governació de la Generalitat de Catalunya, elaboró una brillante tesis doctoral (‘Historia de l’Escola d’Administració Pública de Catalunya’, 1980) que le permitió concurrir y ganar una plaza de Profesor Titular de Historia del Derecho en la Universidad Autónoma de Barcelona (1986), otra de Catedrático en la Universitat de Girona (1993), obteniendo finalmente la de la Universidad Jaume I de Castellón (2001), donde fue Director de su Departamento durante seis años y trabajaba –desde el pasado mes de septiembre– como Catedrático emérito. Autor de varias monografías y numerosos artículos, el profesor José Sarrión gozaba de un –más que notable– prestigio en su disciplina, por el rigor científico de sus publicaciones –escritos siempre con un estilo magistral–, por su vasta cultura y amplitud de conocimientos y, en particular, por su profunda humildad. </p>
<p>Fue él quien dirigió mi trabajo de tesis doctoral y a él debo buena parte de mi formación académica como profesor universitario. Tras más de quince años de estrecha colaboración con él –era para mí, además de maestro, amigo entrañable–, puedo decir que nunca criticó ni habló mal de nadie; de hecho, no recuerdo haberle oído jamás una palabra de crítica contra nadie. No se daba importancia a sí mismo y tenía una sorprendente capacidad de admiración hacia las personas y la realidad. Era una persona accesible, sencilla, sobria, de conversación grata y enriquecedora y con un espíritu deportivo encomiable. Con él aprendí a jugar a tenis en los primeros años de mi carrera académica. Conforme iba aprendiendo, le resultaba más costoso ganarme y, durante un tiempo, me seguía ganando pese a mis progresos. En ese contexto, recuerdo que jugando un día nuestro partido semanal, tras un disputado y prolongado punto en el que ambos dimos todo lo que pudimos, lo ganó. Acercándose a la red, me pidió que me acercara también yo. Al llegar, me dijo en voz baja: ‘Setu: tú serás mejor historiador del Derecho que yo, pero a tenis no me ganarás jamás’. Yo, en confianza, repuse: ‘Pepe:  jamás llegaré a ser un historiador del Derecho como tú, pero en dos años no podrás ganarme al tenis’. Tengo que reconocer que ahí estaba yo en lo cierto y no él, pues empecé a ganarle a tenis (aunque no me resultaba fácil), pero estoy convencido de que jamás alcanzaré su competencia profesional ni su bondad humana.</p>
<p>El hecho de que, no solo no le importara, sino que deseara que su discípulo fuera mejor que el propio maestro refleja su magnanimidad y generosidad, propio de una persona de corazón grande y miras amplias, alejándose del individualismo narcisista de quienes se entristecen frente al bien ajeno, o se sienten agraviados por quienes gozan de oportunidades o cualidades que ellos carecen, actitudes lamentablemente patentes en la Universidad y que me mantuvieron al margen de ella hasta que conocí a mi querido maestro y amigo José Sarrión. </p>
<p>Recuerdo que el día en que le conté lo que se hacía desde la Fundación Universitas (proyectos de voluntariado con universitarios para apoyar a gente enferma y necesitada, de todas las edades; actividades formativas y culturales para estudiantes; proyectos de cooperación al desarrollo en países latino-americanos y asiáticos; etc.), me preguntó de inmediato de qué modo podía colaborar. Tenía, sin duda, un corazón grande. Fruto de esta relación con Universitas, era miembro del ‘Grupo de Estudios Sociales e Interdisciplinares’, y escribía de vez en cuando artículos de opinión para Las Provincias. Su último artículo aparecía publicado el pasado martes en esta misma sección, y aquel mismo día le traje al hospital un ejemplar del periódico con su artículo publicado. Le gustaba escribir y lo hizo hasta el final de su vida. </p>
<p>A él va mi agradecimiento más sentido, consciente de mi paupérrima correspondencia, y convencido de que ahora, desde arriba, seguirá apoyándome hasta que llegue mi hora.</p>
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		<title>Estado unitario y Estado federal</title>
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		<pubDate>Sun, 11 Dec 2011 18:43:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>isabel</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Articulos de opinión profesores Universidad]]></category>

		<category><![CDATA[Bienvenido]]></category>

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		<description><![CDATA[Publicado en el diario Las Provincias. Martes, 6 diciembre 2011.
Estado unitario y Estado federal 
Por José Sarrión Gualda. Catedrático de Historia del Derecho. Universitat Jaume I.
Puede un Estado unitario convertirse en un Estado federal? A lo largo de la historia países o Estados independientes han acordado unirse en una confederación, que ordinariamente ha desembocado en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Publicado en el diario Las Provincias. Martes, 6 diciembre 2011.</p>
<p><strong>Estado unitario y Estado federal </strong><br />
Por José Sarrión Gualda. Catedrático de Historia del Derecho. Universitat Jaume I.</p>
<p>Puede un Estado unitario convertirse en un Estado federal? A lo largo de la historia países o Estados independientes han acordado unirse en una confederación, que ordinariamente ha desembocado en un Estado federal. Algunos han dado el paso hacia un Estado unitario. Al contrario, ¿puede un Estado unitario transformarse en un Estado federal o, incluso, confederal? Parece que, en estricta lógica jurídica, es imposible. El Estado federal es el fruto de un foedus (un acuerdo, un pacto) entre Estados. La voluntad de varios Estados previos alumbra uno nuevo y soberano, que acoge en su estructura a los Estados-miembros, pero sin suprimirlos, al mantenerlos con su composición y competencias anteriores en cuanto sean compatibles con el nuevo Estado. </p>
<p>Pero dentro de un Estado unitario no puede celebrarse ningún pacto de esta naturaleza, porque hay un solo sujeto. Aquellas partes del territorio o regiones, por mucha personalidad &#8216;que se autorreconozcan&#8217;, no son otra cosa que miembros del único cuerpo político que es el Estado unitario. ¿Cuál es la situación actual de Estado español, como estructura política de la Nación española? </p>
<p>Podemos preguntarle a nuestra Constitución de 1978 qué tipo de Estado ha gestado. En una apreciación general, España parece un Estado unitario, pero, con objeto de contentar a los nacionalistas vascos y catalanes, la Constitución sembró la semilla de mostaza de la autonomía de las regiones y nacionalidades (art. 2º y capítulo III) que ha fructificado en un árbol frondoso, cuyas ramas, las comunidades autónomas, están adelgazando y debilitando, a pasos agigantados, el tronco común, el Estado. La cuestión ya venía del artículo 10 de la Constitución republicana de 1931, que definía al Estado como integral, para sortear el federalismo y huir del unitarismo. La fórmula ahora empleada con el mismo propósito es el Estado de las autonomías, que se alimentan y crecen con el traspaso de competencias y servicios. Este procedimiento puede considerarse un expediente apto para agilizar el funcionamiento de las administraciones públicas y aproximar los servicios al ciudadano. Si las transferencias obedecieran siempre a este fin, el Gobierno y las Comunidades autónomas examinarían, oportunamente y con la mejor voluntad, si la gestión de los servicios transferidos debe permanecer en manos de las Comunidades autónomas o algunos ser devueltos al Estado. </p>
<p>Pero, en algunos casos, las transferencias son desgraciadamente el precio que el Estado tiene que pagar, cuando el Gobierno de turno necesita los votos de alguna minoría nacionalista y ésta los &#8216;vende&#8217; a cambio de transferencias a veces poco justificadas. Si una Comunidad autónoma entiende que las transferencias de competencias y servicios constituyen una devolution al sucesor actual de un imaginado e imaginario Estado independiente medieval, absorbido por el Estado absoluto en la Edad Moderna, considerará que esa corriente de trasferencias no tiene retorno en ningún caso y no cabrá nunca una recuperación de las mismas por el Estado nacional. No conozco el caso de ninguna competencia revertida al Estado por parte de ninguna Comunidad autónoma, trufada o no de nacionalismo separatista. </p>
<p>A pesar de lo dispuesto en la Constitución, la carrera de la descentralización política y administrativa no tiene fijada una meta clara en la praxis política que venimos siguiendo. No sé si algún político con dotes de adivinación o si algún constitucionalista es capaz de entrever el modelo definitivo del Estado español. Ahora, la crisis económica cuestiona, más que la configuración autonómica del Estado, la situación a la que hemos llegado. Algunas Comunidades autónomas han sobrepasado en alguna de sus competencias incluso la frontera de un Estado federal. </p>
<p>El Estado español ha cometido muchos pecados capitales en su configuración autonómica. Señalemos sólo tres: renunciar a un sistema educativo único, que reforzaría la conciencia nacional unida, independientemente del derecho de las Comunidades autónomas de desarrollar su propia cultura y valores; entregar a la legislación y ejecución de las mismas ciertas competencias que pueden entorpecer la existencia y funcionamiento de un mercado único, tan necesario en época de crisis y en un mundo globalizado; y, finalmente, quebrantar en algunos aspectos la igualdad constitucional de los españoles. </p>
<p>Un escritor suizo, Borgeaud, es autor de cierta metáfora que relaciona los tipos de Estado con ciertos frutos botánicos. La confederación se asemeja a un racimo de uvas muy sueltas entre sí, apenas ligadas por el pedúnculo. El Estado federal es simbolizado por una naranja que conserva la unidad de sus gajos interiores, pero envueltas en sólida cáscara que las une con vigor. El Estado unitario recuerda la manzana en que, bajo la capa externa y entre la pulpa ya homogénea, no quedan sino vestigios de la sutura primitiva. El Estado integral puede asimilarse a aquellos frutos en macla, donde no se sabe si el desdoblamiento advertido obedece a riqueza de vitalidad o entraña un proceso de parasitismo mal disimulado. ¿A qué imagen botánica se asemeja hoy la España autonómica?</p>
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		<title>Terrorismo y derechos fundamentales</title>
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		<pubDate>Mon, 05 Dec 2011 19:17:19 +0000</pubDate>
		<dc:creator>isabel</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Articulos de opinión profesores Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 4 diciembre 2011.
Terrorismo y derechos fundamentales 
Por Aniceto Masferrer. Profesor Titular de Historia del Derecho. Universitat de València.
Se ha cumplido ya el 10º aniversario del conocido múltiple atentado terrorista en EEUU, el cual, dejando estremecido al mundo entero, cambió el orden político internacional. En efecto, los ataques terroristas [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 4 diciembre 2011.</p>
<p><strong>Terrorismo y derechos fundamentales </strong><br />
Por Aniceto Masferrer. Profesor Titular de Historia del Derecho. Universitat de València.</p>
<p>Se ha cumplido ya el 10º aniversario del conocido múltiple atentado terrorista en EEUU, el cual, dejando estremecido al mundo entero, cambió el orden político internacional. En efecto, los ataques terroristas del 11/S de 2001 llevaron consigo un cambio de dirección en las prioridades de los sistemas penales del mundo Occidental. Se ha llegado a afirmar que tales actos terroristas, así como los acontecidos en Madrid, en el 11/M de 2004, y en Londres, en julio de 2005, constituyen una amenaza a la vida y a la convivencia de los países democráticos. En este sentido, el debate surgido tras el 11/S en torno a la expansión del poder del Estado en la lucha contra el terrorismo ha desembocado en una falsa -o falaz- dicotomía sobre la primacía entre el principio de seguridad y el de la libertad o derechos fundamentales del individuo. </p>
<p>Resulta innegable la existencia de un rasgo característico del actual discurso político y académico con respecto a la estrategia y legislación antiterrorista surgida tras el 11 de septiembre: el de plantearse la conveniencia de restringir los derechos y libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo internacional de una forma efectiva.<br />
Según el parecer de algunos, nada debiera impedir tal restricción de derechos, habida cuenta de que lo que está en juego es precisamente la democracia liberal, la cual constituye -a su juicio- el principal motivo, objetivo y enemigo de cualquier terrorista. En esta línea, no cabría admitir que los mismos mecanismos que protegen al individuo del poder excesivo del Estado dificultaran -o imposibilitaran- luego al Gobierno responder de forma efectiva a la amenaza terrorista. Según este planteamiento, pues, las libertades civiles y los derechos humanos no serían otra cosa que una mera conveniencia política para su disfrute tan sólo en tiempos de bonanza. </p>
<p>Según el parecer de otros, es precisamente en los tiempos de crisis cuando el Estado democrático debiera adherirse de manera estricta a sus genuinos principios. En esta línea, los derechos fundamentales perderían todo su efecto si fueran revocables en situaciones críticas o de necesidad. Además, sostener que resulta necesario privar a los individuos de sus derechos y libertades para mantener la seguridad significaría situar al Estado al nivel de los terroristas, para quienes el fin justifica los medios. En este sentido, se ha señalado la falsedad de pensar que la restricción de los derechos fundamentales constituye un requisito para fortalecer al Estado en la lucha contra el terrorismo. Y aunque pudiera ser cierto, en ese caso no cabría olvidar que tal opción también desembocaría ineludiblemente en la falta de seguridad del ciudadano frente al Estado. </p>
<p>En definitiva, la controversia en torno a la supuesta dicotomía o difícil equilibrio entre la seguridad y la protección de los derechos fundamentales en la lucha contra el terrorismo concierne a la clásica cuestión de los límites del poder del Estado frente al individuo, esto es, a sus derechos fundamentales que ya fueron reivindicados intelectualmente por la Escuela de Salamanca (Francisco de Vitoria, Domingo de Soto, etc.), en el siglo XVI, en el contexto del descubrimiento y colonización de América, y conquistados políticamente como consecuencia de la caída de los regímenes absolutistas y la instauración del Estado liberal desde finales del siglo XVIII - primera mitad del siglo XIX. Con el advenimiento del régimen político liberal se inició el constitucionalismo moderno, merced al cual la soberanía del Estado residía en la nación, el Estado quedaba sometido al Derecho, y su poder limitado, tanto por la mera separación o división de las funciones legislativa, ejecutiva y judicial, como por el reconocimiento a los individuos de unos derechos fundamentales, cuya protección y salvaguarda constituía la raison d&#8217;être del mismo Estado: «El objetivo de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre» (art. 2 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, 1789). </p>
<p>Pese a ello, no pocos estudiosos sostienen que la situación que se ha creado tras los mencionados atentados terroristas muestra una involución o retroceso histórico al haberse introducido medidas legales que implican una restricción de los derechos fundamentales y de las libertades públicas de los ciudadanos, patentes tanto en el ordenamiento penal sustantivo como en el procesal-penal. En el ámbito penal, por ejemplo, el art. 578 del Código penal castiga la apología del terrorismo al tipificar las conductas consistentes en enaltecer o justificar los delitos comprendidos en los arts. 571 a 577 CP o de quienes hayan participado en su ejecución. De este modo, el legislador criminaliza aquel pensamiento que exalta o justifica la violencia como medio de lucha política, sancionando la disidencia política públicamente manifestada y poniendo en entredicho la libertad de expresión. Por otra parte, en diciembre de 2010 entró en vigor la reforma operada en el Código penal español, merced a la cual el legislador español declaró imprescriptibles aquellos delitos de terrorismo en los que se hubiera provocado una muerte, así como las penas impuestas a los mismos. Imprescriptibilidad que, hasta entonces, constituía un rasgo propio de la regulación legal de los delitos de genocidio, de lesa humanidad y de los crímenes de guerra, como medida adicional del Derecho Penal Internacional para acabar con la impunidad en tales supuestos. </p>
<p>En el ámbito procesal-penal, algunos autores denuncian una deriva de la idea de &#8216;protección&#8217; hacia la de &#8217;seguridad&#8217;, en especial la del Estado, y, al mismo tiempo, la renuncia de la ciudadanía a la vigencia de algunos aspectos esenciales de los derechos humanos para eliminar la amenaza terrorista. Aparece, en este contexto, un supuesto &#8216;derecho a la seguridad&#8217;, que origina la distinción entre un &#8216;Derecho penal del ciudadano&#8217; y un &#8216;Derecho penal del enemigo&#8217;, que es quien voluntariamente se sitúa fuera del ordenamiento jurídico de forma permanente y grave. Una concepción que, desde la perspectiva procesal, supone una disminución progresiva de las garantías procesales, que termina conduciendo a lo que se puede denominar un &#8216;Derecho procesal del enemigo&#8217;. </p>
<p>Conviene analizar, pues, si caben esas restricciones de derechos y libertades, y respecto a qué clase de derechos, cómo pueden adoptarse y con qué alcance. Es cierto que las limitaciones de los derechos en general son siempre posibles y, particularmente, la de los derechos humanos que están en juego en esta materia -como la vida, la inviolabilidad del domicilio, el secreto de las comunicaciones, etc.-, reguladas en los convenios internacionales y en las constituciones políticas. Ahora bien, solamente pueden producirse en los supuestos allí contemplados, y de acuerdo con los procedimientos regulados en esas normas, aunque resulta ciertamente complejo concretar el alcance de la limitación y su aplicación práctica. En concreto, resulta sorprendente que se haya renunciado al control parlamentario establecido en el artículo 55.2 de la Constitución y, por ende, al carácter temporal -excepcional- de las medidas adoptadas, otorgándoles un status &#8216;ordinario&#8217; que no se corresponde con la intensidad de las mismas, en cuanto a la afectación de derechos. Por otra parte, todas aquellas disposiciones en las que se otorga competencia a una autoridad distinta de la judicial para la adopción de una medida limitadora de un derecho fundamental -como los casos de los registros domiciliarios del artículo 553 LECrim o las intervenciones de comunicaciones del artículo 579.4 LECrim-, constituyen lamentables manifestaciones de un &#8216;derecho procesal del enemigo&#8217;, según el cual se antepone la eficacia de la medida a las garantías que deben rodearla. </p>
<p>También constituyen expresiones de este &#8216;derecho penal del enemigo&#8217; las diversas medidas adoptadas en las sucesivas reformas de la Ley Orgánica de responsabilidad penal del menor, aplicables no sólo a los menores a los que se les imputan actos terroristas, sino a todos. En particular, la ampliación de los supuestos de internamiento cerrado, la supresión definitiva de un tratamiento diferenciado para los menores entre los 18 y 21 años, o la ampliación de los supuestos de adopción de las medidas cautelares, así como de su duración, entre otras, constituyen manifestaciones de la primacía de la seguridad sobre la protección de los derechos fundamentales en la lucha contra el terrorismo.</p>
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		<title>Los Derechos del niño y su protección frente a los riesgos de las TICs</title>
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		<pubDate>Sun, 20 Nov 2011 00:05:28 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 20 noviembre 2011.
Los Derechos del niño y su protección frente a los riesgos de las TICs 
Por Javier Plaza Penadés. Catedrático de Derecho Civil. Universitat de València.
Hoy, 20 de noviembre, es el día mundial de la infancia, por coincidir con la aprobación de la Convención de las Naciones [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 20 noviembre 2011.</p>
<p><strong>Los Derechos del niño y su protección frente a los riesgos de las TICs </strong><br />
Por Javier Plaza Penadés. Catedrático de Derecho Civil. Universitat de València.</p>
<p>Hoy, 20 de noviembre, es el día mundial de la infancia, por coincidir con la aprobación de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989. </p>
<p>Conviene, antes que nada, hacer una elemental disquisición sobre los conceptos legales de &#8216;niño&#8217;, &#8216;infancia y adolescencia&#8217; y &#8216;menor&#8217;, ya que, por ejemplo, las leyes autonómicas sobre la materia se suelen intitular de manera diversa: &#8216;Ley del Menor&#8217;, &#8216;Ley de la Infancia&#8217;, &#8216;Ley del niño y del adolescente&#8217;, &#8216;Ley de la Infancia y la adolescencia&#8217;, etc. Los conceptos jurídicos de &#8216;niño&#8217; e &#8216;infancia&#8217; (traducciones al castellano del inglés &#8216;child&#8217; y &#8216;childhood&#8217;) provienen básicamente de la propia Convención de Naciones Unidas de 1989 (Convention on the Rights of the Child), donde el artículo 1 de dicha Convención establece que &#8216;niño&#8217; (&#8217;child&#8217;) es «todo ser humano menor de dieciocho años de edad» (salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad), por lo que los conceptos de origen inglés &#8216;niño&#8217; e &#8216;infancia&#8217; se corresponden con el de &#8216;menor&#8217; o &#8216;persona menor de 18 años&#8217;, propio de la tradición jurídica española, donde se habla de &#8216;menor&#8217; o &#8216;menor de edad&#8217; (por contraposición al mayor de edad), siendo pues redundante la expresión de &#8216;adolescente&#8217; o &#8216;adolescencia&#8217; si se emplea jurídicamente junto con &#8216;niño&#8217; o &#8216;infancia&#8217;, más allá de que la adolescencia sea además un concepto jurídico indeterminado (¿a partir de doce años?, ¿de catorce?, ¿anterior en la mujer?). </p>
<p>Dicho esto, lo cierto es que una de las materias que requiere de una reforma seria y profunda es el estatuto jurídico del menor, pero no sólo en el ámbito penal, donde es tema recurrente el debate sobre la conveniencia de bajar la edad penal, situada ahora en los catorce años, sino muy especialmente en el ámbito del Derecho Civil, ya que desde la gran reforma de la Ley del Menor del año 1996, que se hizo precisamente para adaptar nuestro Ordenamiento a la Convención de los Derechos del Niño, el estatuto jurídico del menor se ha ido abandonando a la legislación autonómica y a diferentes leyes especiales, lo que ha dado lugar a un sinfín de incoherencias respecto de lo que el menor puede hacer a los siete, a los doce, a lo catorce, o a los dieciséis años. Así, por ejemplo, el menor de 16 años tiene prohibido fumar hasta que cumpla dieciocho, pero puede abortar sin que sus padres se enteren (justificando riesgo de sufrir violencia); o puede contraer matrimonio a los catorce (con dispensa del juez y justa causa), pero no puede hasta los dieciocho hacer testamento ológrafo ni ser pareja de hecho (en la mayoría de leyes autonómicas), etc. </p>
<p>Pues bien, entre los diversos aspectos normativos en materia de menores que requieren de una reformulación legal está sin duda el de la protección del menor en el ámbito de las TICs (tecnologías de la información y la comunicación), donde resulta necesario dar una respuesta legal, estatal y autonómica, a una de las demandas sociales más solicitadas por padres y asociaciones e instituciones de protección del menor, cual es la delimitación del marco normativo de las condiciones de acceso y utilización de las nuevas tecnologías de los menores, así como dotar a la legislación de instrumentos legales operativos para prevenir y evitar el &#8216;grooming&#8217; (contacto directo del pederasta con el menor a través de la red y otros medios electrónicos, cuya amistad pretende ganarse para tener acceso al menor), el &#8216;ciberacoso&#8217; a menores (cyberbulling) y demás riesgos y peligros derivados de la red. </p>
<p>Actualmente, la Ley de Servicios de la Sociedad de la información solo contiene tres preceptos que se ocupan de la protección del menor. El artículo 8, que prevé el cierre de páginas y espacios en red claramente nocivos para el menor (lo que en la praxis se reduce a cierre de páginas de pornografía infantil y de pederastia); el artículo 18, que prevé la existencia códigos de conducta que los titulares de páginas web se quieran «autoimponer»; y el reciente artículo 12 bis, que impone a los prestadores de servicios de Internet y redes de comunicación la obligación de informar a los representantes legales del menor sobre la posibilidades tecnológicas y filtros para limitar o de impedir el acceso a contenidos no deseados de los aparatos o dispositivos que ellos contraten o tengan bajo su control, dejando sin resolver el problema del acceso del menor a contenidos nocivos o no queridos por los padres cuando están fuera del control parental, por ejemplo, en los llamados cibercafés y locales similares. </p>
<p>Toda esa necesaria acción legal debe completarse además con campañas de información, formación y concienciación social, tanto para padres y representantes legales como para los propios menores, respecto de los beneficios y los riesgos o peligros que conllevan las redes comunicación, especialmente por el mal uso de la información o por poner a disposición de los demás aspectos íntimos de la vida personal y familiar sin ningún tipo de prudencia o mesura. En definitiva, y sin desconocer la trascendencia que ha tenido y tiene la Carta de Derechos del Niño, en este ámbito todavía queda mucho por hacer.</p>
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		<title>Tiempo de crisis, tiempo de desencanto</title>
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		<pubDate>Fri, 11 Nov 2011 10:49:17 +0000</pubDate>
		<dc:creator>isabel</dc:creator>
		
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		<description><![CDATA[Publicado en el diario Las Provincias. Domingo 6 de noviembre de 2011.
Tiempo de crisis, tiempo de desencanto
Por Juan Alfredo Obarrio. Profesor Titular de la Universidad de Valencia. 
En La ciudad secular, Harvey Cox recoge un relato de Kierkegaard, en el que se nos narra un suceso no ajeno a nuestra actual situación social y política: [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Publicado en el diario Las Provincias. Domingo 6 de noviembre de 2011.</p>
<p><strong>Tiempo de crisis, tiempo de desencanto</strong><br />
Por Juan Alfredo Obarrio. Profesor Titular de la Universidad de Valencia. </p>
<p>En La ciudad secular, Harvey Cox recoge un relato de Kierkegaard, en el que se nos narra un suceso no ajeno a nuestra actual situación social y política: en Dinamarca, el director de un circo, al ver que éste empezaba a ser presa de las llamas, mandó a un payaso, que estaba a punto de empezar su función, a que acudiera a la aldea más próxima para pedir auxilio, ya que cabía la posibilidad de que las llamas se extendieran hacia el poblado, arrasando, de paso, las cosechas de los campos colindantes. El payaso corrió despavorido hacia la aldea, y cuando llegó, los vecinos creyeron que se trataba de un magnífico truco, lo que hizo que le aplaudieran y le rieran sus extravagantes ademanes y sus compungidas súplicas. Nadie le creyó. Cuando quisieron reaccionar, el fuego había llegado hasta la aldea, dejando un reguero de desolación y de miseria.<br />
Aunque entre las pretensiones del autor no figure la de crear opinión, éste, con un estilo preciso y transparente, consigue que desenmascaremos muchas de las verdades que, para oprobio de la razón, inquietan y confunden hasta herir nuestra sensibilidad o nuestra escasa inteligencia, aquéllas que nos enseñan que a menudo algunas de las verdades políticas que circulan por esta España nuestra son sólo una falacia, un esperpéntico juego de espejos propicio para los incautos y para los adictos al “lightcismo” postmoderno y banal. </p>
<p>Pero bajo la falsa superficie de esta supuesta belle epoque, se puede percibir más cercana esa sensación de decadencia que abrumó a tantas mentes inquietas en el último tránsito de siglo XIX: Baroja, Ganivet, Azorín, Maeztu, Valle o Unamuno –por no mencionar a ese epígono catalán del 98 que fue Josep Pla, y que nos dejó como testamento regeneracionista su apuesta por Tarradellas frente a Pujol y su puyolismo–, escritores y pensadores que encajarían muy mal con esta España oficial de carnet y de subvención, de esta España que para legitimarse intenta reivindicarlos jugando con su memoria para así obtener alguna lisonja política o académica, desconociendo que ellos vivían, sentían y pensaban en esa Iberia sumergida de la que hablaba Celaya, lejos de los escenarios públicos, pero muy cercanos a esa Castilla que había dejado de latir, de esa Castilla que vivía al margen de su tiempo, porque el suyo, como el de ahora, fue una época de degradación social y de descrédito moral: de un tiempo sin tiempo. </p>
<p>La historia de esta crisis es, desde luego, antigua. El 30 de marzo de 1751 el marqués de la Ensenada escribía: “Ha siglos que no ha habido ministros que mirasen por el bien de esta monarquía, que no ha sido arruinada mil veces porque Dios no lo ha permitido … hemos sido unos piojosos llenos de vanidad y de ignorancia”. Poco, o casi nada, parece que hemos aprendido desde entonces. Si tenemos que resignarnos a juzgar al árbol por sus frutos, éstos nos desvelan que preferimos poner nuestra ilusión en ser lo que no somos, lo que nos ha llevado a dar cobijo al raquitismo político e intelectual que nos gobierna, o a la efervescencia de ciertos supuesto indignados, que únicamente saben desafiar al mundo occidental, a un mundo que le es hostil, en vez de descubrir y ahondar en la lúcida mirada de las dos Españas: la del Greco, con su misticismo, su ensoñación y su intelectualismo, y la de Goya, la del realismo, la de la afición a la “canalla”; o si se prefiere, la de Don Quijote y Sancho, la del espíritu y la materia, visiones que nos hacen recodar que es en nuestra Historia, y no en la memoria histórica donde podemos hallar un lugar para el refugio y la esperanza –ex proeterito spes in futurum–.</p>
<p>Pero lo peor es que aún quedan días para que finalice la campaña electoral. Serán, no lo duden, días de vino y rosas, de entretenimiento e impostura, en los que en nuestro imaginario recordaremos eslóganes como “por el pleno empleo”, adorables afirmaciones como las del “Prometo crear dos millones de nuevos empleos”, la del “encuentro interplanetario”, o la que afirmaba que “nuestra economía formará parte de la champions league”; añoraremos con nostalgia freudiana aquellos entrañables “brotes verdes” que ni siquiera los chicos de la Sexta pudieron ver jamás; llegaremos a dudar si existe el término “cónyugue” o si la palabra “miembra” fue objeto de culto en el Siglo de Oro de nuestra literatura cañí; y hasta pensaremos que nuestra entrañable Biviana Aido sólo quiso hacer un homenaje a esa película emblemática de Riddley Scott llamada Alien, el octavo pasajero, cuando sostuvo que “Un feto de trece semanas es un ser vivo, pero no es un ser humano”. No cabe duda: todo un ejemplo de coherencia intelectual.</p>
<p>No sé cuál será el resultado de estas elecciones. Poco espero de su desenlace, como poco espero de las palabras hueras de los políticos. Lo único que desearía es que no se cumpliera la afirmación del tristemente silenciado y olvidado Ramiro de Maeztu, cuando sentenció: “lo que vale, no dura, lo que no vale, se eterniza”, porque, de lo contrario, serían ciertas las palabras de Unamuno cuando afirmaba que a España no la perdían los pillos, sino la impunidad de la que gozan los ineptos.</p>
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		<title>Curiosidades del 9 de octubre</title>
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		<pubDate>Sun, 09 Oct 2011 07:23:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>isabel</dc:creator>
		
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		<description><![CDATA[Publicado en el diario Las Provincias. Domingo 9 octubre 2011
Curiosidades del 9 de octubre
Por Javier Plaza Penadés. Catedrático de Derecho Civil. Universitat de València.
Hoy es 9 de octubre, día de la Comunitat Valenciana, ya que en 1238, tal día como hoy, el Rey Jaime I de Aragón, el Conquistador, hizo su entrada triunfal en la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Publicado en el diario Las Provincias. Domingo 9 octubre 2011</p>
<p><strong>Curiosidades del 9 de octubre</strong><br />
Por Javier Plaza Penadés. Catedrático de Derecho Civil. Universitat de València.</p>
<p>Hoy es 9 de octubre, día de la Comunitat Valenciana, ya que en 1238, tal día como hoy, el Rey Jaime I de Aragón, el Conquistador, hizo su entrada triunfal en la ciudad de Valencia (tras la capitulación por los musulmanes, mayoritariamente sarracenos, el 28 de septiembre) en lo que constituyó la segunda y definitiva conquista de la ciudad (la primera, cada vez más en el olvido, fue la del 17 de junio de 1094, protagonizada por Rodrigo Díaz de Vivar, y que duró hasta 1102, cuando, años después de la muerte del Cid, Doña Jimena dejaba nuestra ciudad y era recuperada por los almorávides).</p>
<p>El 9 de octubre simboliza por tanto el nacimiento del Reino de Valencia (1238-1707) y el triunfo definitivo del cristianismo en la ciudad de Valencia, ya que tal conquista estuvo apoyada por el Papa Gregorio IX y, de hecho, ese mismo día, la Mezquita de Valencia se transformó en la actual Seu. Eso provocó, por ejemplo, que el Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia, cuyo origen parece ser sarraceno (ya que ellos fueron los que diseñaron la actual red de acequias del Río Turia), fuese incorporado al Derecho Foral Valenciano, por voluntad del propio Rey Jaime I, que mantuvo ese sistema de resolución de controversias, pero sacándolo de fuera del interior de la Seu, que había dejado de ser Mezquita (y que era, al parecer, el lugar donde se reunía en origen) para ubicarlo fuera de la Catedral (en la llamada Puerta de los Apóstoles). Con ello se simboliza además la tolerancia que se tuvo en aquellos momentos con los musulmanes y la habilidad de incorporar a nuestro Derecho Foral un sistema de resolución de controversias tan moderno, por su agilidad e inmediatez, pese al carácter casi milenario de la institución.</p>
<p>Una puntualización: la expresión Derecho foral se atribuye al ilustrado y jurista valenciano, nacido en Oliva, Gregorio Mayans, ya que fue el primero en usarlo tras la abolición, por el Rey Felipe V, de los fueros del Reino de Valencia en los Decretos de Nueva Planta, con el deseo de que fuesen rehabilitados como ocurrió con las costumbre y privilegios otros territorios, y obedece al hecho de que el Derecho propio del Reino de Valencia se fue sistematizando en Fueros o Furs a partir del año 1251. Sin embargo, el uso de la expresión ‘Derecho foral’ o ‘foralistas’ (defensores del derecho foral) se ha generalizado a todos los derechos civiles (históricos) especiales, aunque no tuviesen o estuviesen organizados en fueros.<br />
Pero hay más curiosidades sobre esta efeméride del 9 de octubre, pues coincide con el Día de San Dionisio, San Dionís en valenciano o Saint Denis en francés, que fue el primer obispo de París, y apóstol de las Galias y que fue martirizado en el año 272, durante la persecución de Aureliano. Según reza la leyenda, tras ser decapitado, Dionisio anduvo durante seis kilómetros con su cabeza bajo el brazo, atravesando Montmartre, por el camino que, más tarde, sería conocido como calle de los Mártires. Al término de su trayecto, entregó su cabeza a una noble mujer romana, llamada Casulla, y después se desplomó. En ese punto exacto se edificó en su honor la conocidísima basílica de “Saint Denis”.  </p>
<p>Volviendo a nuestra fiesta, a mediados del siglo XV la celebración de la conquista de la ciudad y el nacimiento del Reino se fue popularizando, a la vez que se fueron incorporando aspectos típicos del espíritu festivo valenciano, como el uso generalizado de la pólvora, disparando “triquitraques”, “piuletes” y “tronadors”. Claro, cuando Felipe V, tras la Guerra de Sucesión, abolió los fueros y con ellos la festividad de San Dionisio, quedando además totalmente prohibido el disparo de “piuletes” y “tronadors” en ese día tan señalado para los valencianos, el ingenio valentino se puso a maquinar para “burlar” la prohibición, y así, el gremio de pasteleros reprodujo como dulces de mazapán “piuleta i tronador”, junto con un multitud de frutas y hortalizas hechas también de pasta de almendras y azúcar, que se entregaban en un pañuelo o “mocaor”. Y ese parece ser el origen de la “Mocaorà”, que según la tradición todo buen valenciano debe regalar a su amada.</p>
<p>Dicho esto, hoy también celebramos una efeméride de la que en cierta parte, como valenciano, como Profesor de Derecho y como responsable de la misma me siento orgulloso: cinco años de la Revista Electrónica de Derecho Civil Valenciano. Efectivamente, hace cinco años, tal y como figura en la página de inicio, se hizo coincidir la puesta en funcionamiento de la web derechocivilvalenciano.com con este día tan señalado, y por primera vez en Internet, de manera permanente, gratuita y desinteresada aparecía un espacio de difusión de contenidos y de información, especialmente legal y doctrinal, sobre el Derecho Civil Valenciano. A lo largo de este lustro, la Revista ha ido creciendo en contenidos y actualmente ofrece un conjunto de estudios completos y actualizados sobre la materia. Además, ha prestado un servicio de información y asesoramiento no sólo a Jueces y Abogados valencianos y españoles, que precisan cada vez más del conocimiento de dicho Derecho para su profesión, sino a un elevado número de juristas extranjeros, especialmente alemanes, interesados en el desarrollo de los derechos civiles forales o especiales y sus posibles implicaciones en su modelo de “Länder” (los distintos estados federados de Alemania).</p>
<p>En fin, verá el lector que hoy no he buscado la reflexión, sino más bien la diversión, posiblemente porque el día lo merece.</p>
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		<title>Al loro, ni chocolate</title>
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		<pubDate>Sun, 18 Sep 2011 09:09:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>isabel</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Articulos de opinión profesores Universidad]]></category>

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		<description><![CDATA[Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 18 septiembre 2011.
Al loro, ni chocolate
Por José Sarrión Gualda. Catedrático de Historia del Derecho. Universitat Jaume I. 
Es un tópico referirse, como el chocolate del loro, a los gastos menudos de las Administraciones públicas que, por su escasa cuantía, no parece que sea necesaria una estricta justificación de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Publicado en el diario Las Provincias. Domingo, 18 septiembre 2011.</p>
<p><strong>Al loro, ni chocolate</strong><br />
Por José Sarrión Gualda. Catedrático de Historia del Derecho. Universitat Jaume I. </p>
<p>Es un tópico referirse, como el chocolate del loro, a los gastos menudos de las Administraciones públicas que, por su escasa cuantía, no parece que sea necesaria una estricta justificación de los mismos. Pero, por tratarse de fondos que proceden de los impuestos, todo dispendio de las mismas debe ser absolutamente justificable y justificado. Se han de tener muy en cuenta que todos los recursos de las Administraciones son públicos por su destino (satisfacer unas necesidades comunes de la sociedad); pero, al mismo tiempo, son “privados” por su origen (proceden del bolsillo de los ciudadanos).</p>
<p>Hecha esta advertencia sobre la escrupulosidad en los dispendios que debe regir la gestión y actuación de las Administraciones, conviene reflexionar sobre la necesidad de reducir el gasto público, para paliar el déficit crónico de nuestras finanzas y achicar la deuda pública que nos tiene sumidos en la miseria. Las medidas que aquí se proponen no son en modo alguno originales: todas se han dado a conocer por la opinión pública, pero queremos enumerar algunas de ellas. La primera medida consiste en la reestructuración a la baja de todas las Administraciones públicas (estatal, regional o autonómica y local: diputaciones y ayuntamientos), sometiéndolas a un estricto régimen de “adelgazamiento”. En principio no parece que la organización del Estado pueda reducirse sustancialmente, por cuanto ya se ha producido un excesivo vaciamiento de sus competencias y funciones a favor de las Comunidades autónomas. Son éstas las que adolecen de una hipertrofia en su estructura y organización porque han imitado y emulado las del Estado.</p>
<p>Algunas de las medidas aquí propuestas comportan una reforma de la Constitución y al ser tan necesarias no tendría que haber ningún reparo en la modificación de la misma. Para comprobar la inutilidad de algunos órganos del Estado hagamos un pequeño ejercicio de imaginación y preguntémonos si el funcionamiento del aparato del Estado mejoraría incluso con la supresión de alguno de sus órganos. Un ejemplo: la función legislativa del Estado ¿acaso padecería con la supresión del Senado, que apenas cumple otras funciones? En las Comunidades autónomas, ¿no podrían nutrirse sus Parlamentos o Cortes de diputados provinciales en proporción a los votos de cada partido? Muchos parlamentos regionales aprueban muy pocas leyes al año. Esta función legislativa y la de control de Gobierno regional apenas puede producirse al contar éste con la mayoría de la Cámara y no permitir comisiones de investigación, por lo que no se justifica la existencia, en su composición actual, de los parlamentos regionales.</p>
<p>Se levantan voces sugiriendo la conveniencia de suprimir las Diputaciones provinciales por innecesarias. En su haber histórico hay que apuntar que en sus inicios defendieron el régimen liberal y a lo largo de su existencia han prestado apoyo de todo orden a sus municipios. También se sugiere la agrupación de pequeños municipios pero hay que proceder con exquisito cuidado para no despojarlos de todo servicio público. En muchos casos ya han perdido el cuartel de la guardia civil, las escuelas, el cura, el médico, etc.<br />
Más que suprimir algún nivel de las Administraciones públicas lo conveniente es fijar de forma clara las competencias que le son propias y los servicios que se le atribuyen, eliminando duplicidades. Así se manifestaría que algunos servicios y unidades de todos los niveles de las administraciones son innecesarios.</p>
<p>Dentro de cada Administración es preciso reducir su estructura a través de varios procedimientos. Supresión de organismos y empresas públicas, creadas, a veces, para colocar a los correligionarios y tratar de escapar del control de la intervención del Estado. Supresión del enjambre de asesores, cuyo nombramiento escapa al procedimiento del sistema de oposiciones; las propias unidades administrativas, según la naturaleza de su función, deben asesorar a los cargos políticos. Supresión de muchos coches oficiales que hacen muy visible el despilfarro y la utilización de este medio y otros (tarjetas de créditos y teléfonos móviles) para asuntos estrictamente oficiales. Supresión o reducción de las TV’s autonómicas, que están al servicio propagandístico del Gobierno regional y cuya financiación es un pozo sin fondo.</p>
<p>Capítulo especial merecen también las subvenciones otorgadas por cualquier nivel de la Administración. No mencionaré las que deben mantenerse, sino de algunas que deben suprimirse: las que reciben los sindicatos y las que se otorgan a los partidos políticos. Asimismo cabría una revisión de la total gratuidad de algunos servicios públicos.</p>
<p>La gestión económica y financiera de los recursos públicos por parte de los políticos debe ser llevada a cabo con más meticulosidad que la administración de su propio patrimonio, por tratase de recursos ajenos.</p>
<p>Es necesario un estricto ajuste de los gastos de las Administraciones públicas a los presupuestos aprobados, así como el control minucioso de los mismos por las diversas Intervenciones.</p>
<p>Conviene una tipificación delictual e introducción en el Código penal de aquellas conductas de los políticos y funcionarios públicos que impliquen una mala gestión de los recursos públicos.</p>
<p>Es necesaria también una fiscalía del Estado independiente y vigilante de los casos de corrupción, sin mirar el color de sus autores.</p>
<p>Y siempre hay que seguir negándole al loro el chocolate, como el gasto que supone el servicio de traducción en el Senado, porque caemos en el ridículo.</p>
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